A partir del 1º de enero de 2026, ningún ternero o ternera podrá ser movilizado ni permanecer en el establecimiento ganadero de nacimiento luego del destete, sin contar con la identificación individual electrónica.
La norma, firmada por la presidenta del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), María Beatriz Giraudo, detalló que la identificación se realizará mediante el «uso de binomio compuesto por una tarjeta visual y un dispositivo electrónico (botón de identificación por radiofrecuencia (RFID), bolo RFID o bien transpondedor inyectable)“.
Este sistema busca asegurar la trazabilidad completa de los animales desde su nacimiento hasta el destino final, fortaleciendo los controles sanitarios y comerciales.
El productor es responsable de la aplicación de los dispositivos oficiales en los animales al destete o antes del primer movimiento, y deberá registrarlos en el sistema SIGSA junto con los datos básicos del animal (sexo, raza y fecha de nacimiento).
A partir de diciembre de 2025 quedará prohibida la comercialización de dispositivos exclusivamente visuales, marcando el paso definitivo hacia la identificación electrónica.






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